Sistema Internacional de Unidades SI
Declarado de uso legal en España

La Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología determina como las Unidades Legales de Medida las del Sistema Internacional de Unidades adoptado por la Conferencia General de Pesas y Medidas. Estas unidades quedaron establecidas en el Real Decreto 1317/1987, de 27 de octubre, modificado posteriormente por el Real Decreto 1737/1997, de 20 de noviembre.

Unidades:

Básicas
Derivadas
Otras Unidades


Reglas prácticas:

  • Los símbolos de las unidades SI, excepto el W, se expresan con caracteres romanos y minúsculas, sin embargo, si dichos símbolos corresponden a unidades derivadas de nombres propios, su letra inicial es mayúscula
  • Los símbolos no van seguidos de punto, ni toman la s para el plural
  • El símbolo de la unidad sigue al símbolo del prefijo sin espacio
  • El producto de los símbolos de dos o más unidades se indica con preferencia por medio de un punto como símbolo de multiplicación
  • Los nombres de las unidades debidos a nombres propios de científicos deben escribirse con idéntica ortografía que el nombre de éstos, pero con minúscula inicial
  • Los nombres de las unidades toman una s en el plural, salvo que terminen en s, x o z
  • En los números, la coma se utiliza sólo para separar la parte entera de la decimal. Para facilitar la lectura, se recomienda dividir los números en grupos de tres cifras; estos grupos no se separan jamás por puntos ni por comas. La separación en grupos no se utiliza para los números de cuatro cifras que designan un año
  • Los múltiplos y submúltiplos decimales de las unidades del SI se forman con prefijos que anteceden sin espacio al símbolo de la unidad
  • Deben evitarse expresiones incorrectas: 35 x 45 cm, ppm
  • Deben evitarse abreviaturas incorrectas: seg, cc