Anexo II. Información mínima que deberá contener la notificación del artículo 6

a) Número de registro industrial.
b) Nombre o razón social del industrial y dirección completa del establecimiento correspondiente, teléfono y fax.
c) Domicilio social del industrial y dirección completa, así como teléfono y fax.

d) Nombre o cargo del responsable del establecimiento, si se trata de una persona diferente del industrial al que se refiere el apartado b), y la información necesaria para su localización las veinticuatro horas del día.
e) Información suficiente para identificar las sustancias peligrosas ya estén expresamente nombradas o pertenezcan a categorías de sustancias de acuerdo al anexo 1 de este Real Decreto:

f) Actividad ejercida o actividad prevista en la instalación o zona de almacenamiento.
g) Breve descripción de los procesos tecnológicos.
h) Plano del establecimiento y distribución de sus instalaciones.
i) Descripción del entorno inmediato del establecimiento y, en particular, de elementos capaces de causar un accidente grave o de agravar sus consecuencias, como establecimientos o instalaciones, equipos, explotaciones, infraestructuras, etc.

Cerrar