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Legislación


Accidentes graves

La Unión Europea, a raíz de una serie de accidentes graves que ocurrieron en la década de los años setenta y especialmente del accidente químico ocurrido en la ciudad italiana de Seveso el 10 de julio de 1976, aprobó una normativa comunitaria sobre los riesgos de accidentes graves en determinadas actividades industriales. Así nació la Directiva 82/501/CEE, de 24 de junio de 1982, popularmente conocida como "Directiva Seveso", en la que se establecían por primera vez desde el punto de vista comunitario las directrices básicas para prevenir los riesgos de accidentes graves en determinadas actividades industriales y limitar sus consecuencias para el hombre y el medio ambiente.

Esta Directiva europea, junto con sus posteriores modificaciones, fueron transpuestas a la legislación española por medio de los Reales Decretos 886/1988 y 952/1990. Este marco normativo, junto con la Directriz Básica para la elaboración y homologación de los Planes Especiales del Sector Químico, publicada por Resolución de 30 de enero de 1991, es el que sirvió de referencia legislativa hasta el año 1996.

A partir de esa fecha, en concreto a partir del 29 de diciembre de 1996, entró en vigor una nueva legislación europea, la Directiva 96/82/CE del Consejo relativa al control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas. Ésta, junto con la Directiva 2003/105/CE que la modifica, ha marcado un punto y aparte en la consideración comunitaria de la prevención de accidentes graves y la limitación de sus consecuencias en las personas, los bienes y el medio ambiente. Para seguir con la denominación acuñada anteriormente, a estas Directivas se las conoce como Seveso II.

Estas normas europeas han sido transpuestas a la legislación española mediante los Reales Decretos 1254/1999 y 948/2005, completándose con el Real Decreto 1196/2003 por el que se aprueba la Directriz básica de protección civil para el control y planificación ante el riesgo de accidentes graves en los que intervienen sustancias peligrosas y el Real Decreto 119/2005.

Actualmente, la necesidad de adecuación al Reglamento (CE) nº 1272/2008 y las posteriores adaptaciones ha motivado la publicación de una nueva Directiva que entrará en vigor el 1 de junio de 2015. Es la Directiva 2012/18/UE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas y por la que se modifica y ulteriormente deroga la Directiva 96/82/CE. A esta Directiva se le conoce como Seveso III.

Unión Europea

España

Clasificación, envasado y etiquetado de sustancias y mezclas peligrosas

La Unión Europea con objeto de facilitar el intercambio de sustancias y preparaciones peligrosas en la Comunidad, eliminando las disparidades existentes en las disposiciones nacionales de los Estados miembros en aras de mejorar el mercado común, publicó la Directiva 67/548/CEE del Consejo, de 27 de junio de 1967, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas en materia de clasificación, embalaje y etiquetado de las sustancias peligrosas. Esta Directiva europea, junto con sus posteriores modificaciones, fueron transpuestas a la legislación española por medio del Reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas (Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo).

Paralelamente a la anterior, existe la Directiva 1999/45/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de mayo de 1999 sobre la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros relativas a la clasificación, el envasado y el etiquetado de preparados peligrosos. Esta directiva, junto con sus posteriores modificaciones, fueron transpuestas a la legislación española por medio del Reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de preparados peligrosos, aprobado en el Real Decreto 255/2003, de 28 de febrero.

En vistas de que el comercio de sustancias y mezclas no es solo una cuestión del mercado interno, sito también del mercado mundial, la Unión Europea publicó el Reglamento Nº 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 1008, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas. Este reglamento, al mismo tiempo que protege la salud humana y el medio ambiente, tiene como objeto incorporar los criterios armonizados de las Naciones Unidas de clasificación y etiquetado de productos químicos (Sistema Globalmente Armonizado), de tal forma que las directivas anteriores quedarán derogadas a partir del 1 de junio de 2015.

Sustancias peligrosas

Preparados peligrosos

Reglamento CLP

Transporte de mercancías peligrosas

Riesgos radiológicos

Protección civil

Modificaciones posteriores

Directiva 67/548/CEE


Directiva 1999/45/CE


Real Decreto 363/1995


Real Decreto 255/2003


Reglamento nº 1272/2008

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